La Abogacía del Estado representa y defiende ante los tribunales a los órganos constitucionales (Presidencia de la República, Cámara y Senado, Gobierno, Tribunal Constitucional, Consejo de Estado, Tribunal de Cuentas, CNEL, etc.), órganos judiciales (Casación, Cortes de Apelaciones, etc. .) y todas las administraciones del Estado, de forma exclusiva y obligatoria (el llamado patronato obligatorio), y las Regiones con estatuto especial conforme al art. 1 del Real Decreto de 30 de octubre de 1933, n. 1611, así como diversas administraciones públicas no estatales y entidades subvencionadas (el llamado mecenazgo autorizado), sujetas a la protección o incluso sólo a la vigilancia del Estado, entre las que, en primer lugar, varias Regiones de estatuto ordinario (así -llamado patronato especial de Regiones con estatuto ordinario), de conformidad con el art. 107 del Decreto Presidencial n. 616/1977; la Abogacía también representa y defiende a algunas organizaciones internacionales (por ejemplo, la Comisión de la UE, el Banco Europeo de Inversiones del BEI, la OTAN y la FAO); también se prevé la posibilidad de que la Fiscalía asuma la representación y defensa de los empleados públicos “en los juicios civiles y penales que les afecten por hechos y casos de servicio, si las administraciones o entidades así lo solicitan y el Abogado General del Estado reconoce la oportunidad (art. 44 RD n. 1611/1933 cit.). En virtud de lo dispuesto en el art. 48 del Real Decreto n. 1611/1933, la Oficina del Fiscal del Estado también representa y defiende a las administraciones extranjeras, como, por ejemplo, el consulado de un estado extranjero o incluso un estado extranjero (Senegal, ex DPR 19-7-1996).

De especial importancia es la defensa de la Abogacía del Estado a favor de las Regiones y órganos regionales (el órgano del parque nacional de Veio y todos los demás órganos del parque nacional), a la luz de la ley de modificación del título V de la Constitución. Hoy, la Abogacía del Estado defiende a las denominadas autoridades independientes (Autoridad para la competencia y el mercado, Autoridad para las garantías en las comunicaciones, Autoridad para los servicios públicos de electricidad y gas y para las telecomunicaciones, CONSOB - Comisión Nacional de Empresas y Bolsa, Garante de radiodifusión y publicación, Garante de protección de datos personales, Comisión de Garantía para la implementación de la Ley 12-6-1990, n.146 sobre el derecho de huelga en los servicios públicos esenciales, etc.), algunas sociedades anónimas con participación pública (como, por ejemplo, ANAS y CONI) y varios otros sujetos privados (por ejemplo, las fundaciones lírico-sinfónicas).

En los últimos años, el papel de la Abogacía del Estado se ha ido modificando, de forma flexible, de acuerdo con la evolución del sistema estatal y autonómico, también en relación con la diferente posición que el Estado y las Comunidades han asumido frente a -ante la Comunidad Europea.